Facultades de la Jefatura de Enfermeria

DE ACUERDO AL ESTATUTO ORGANICO DEL HOSPITAL COMUNITARIO DE PETO

EN EL CAPÍTULO QUINTO DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS

ARTÍCULO 17º En apoyo del Director General, el HOSPITA contará con el personal de confianza para las funciones de Jefatura de Administración y Jefatura de Enfermeras y además personal de confianza.

ARTÍCULO 19º. La Jefatura de Enfermería tiene competencia para:

I.- Elaborar el Programa Operativo Anual de la Dirección con los recursos asignados para definir objetivos metas y recursos para la realización de las actividades hospitalarias;

II.- Participar en la elaboración de protocolos de investigación clínica, epidemiológica y tecnológica en el área de la enfermería pediátrica para fortalecer la atención médico pediátrica;

III.- Promover y coadyuvar en la implementación de cursos, seminarios y talleres en materia de enfermería pediátrica para formar recursos humanos de alta especialidad congruente con las necesidades de salud de la población;

IV.- Supervisar y evaluar las actividades en la atención oportuna y adecuada en enfermería pediátrica, para que éstos se realicen con calidad y eficiencia dentro de los diversos servicios de la atención médica que presta el HOSPITAL;

V.- Programar y participar en el desarrollo de actividades referentes a la docencia con el propósito de garantizar su eficiencia en las diversas áreas de la enfermería pediátrica dentro del hospital;

VI.- Programar, organizar, evaluar y controlar los programas para los servicios de enfermería pediátrica que se realicen en el hospital;

VII.- Participar en el establecimiento de normas, políticas y estrategias para la prestación de los servicios en materia de enfermería pediátrica del hospital;

VIII.- Participar en la elaboración de los manuales de procedimientos para la prestación de los servicios a su cargo;

IX.- Participar en adquisición de medicamentos y equipo médico;

X.- Participar en el establecimiento de normas para la selección capacitación y adiestramiento del personal idóneo para las diversas categorías que se requieren en materia de enfermería pediátrica;

XI.- Establecer una coordinación sistematizada permanente con las diversas áreas del hospital, a efecto de prestar sus servicios en materia de enfermería pediátrica;

XII.- Participar en el establecimiento de políticas y estrategias para contribuir a conservar y mejorar el ambiente laboral en materia de enfermería pediátrica; XIII.- Coordinar el apoyo de diagnóstico y tratamiento a los servicios clínicos, de acuerdo a las necesidades y demandas de los mismos, y

XIV.- Participar en la evaluación de la morbilidad y mortalidad general del HOSPITAL.

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