PERFIL DE PUESTO D.G.
ARTÍCULO 12.- El Director General será nombrado y removido libremente por el Gobernador del Estado, debiendo recaer dicho nombramiento en una persona que reúna los siguientes requisitos:
I.-Ser ciudadano mexicano por nacimiento en pleno ejercicio de sus derechos;
II.-Tener licenciatura de médico cirujano o su equivalente y contar con título y cédula profesional y 5 años de experiencia por lo menos el día de su designación;
III.- Ser menor de 65 años al momento de su designación; y