PERFIL DE PUESTO D.G.

ARTÍCULO 12.- El Director General será nombrado y removido libremente por el Gobernador del Estado, debiendo recaer dicho nombramiento en una persona que reúna los siguientes requisitos:

I.-Ser ciudadano mexicano por nacimiento en pleno ejercicio de sus derechos;

II.-Tener licenciatura de médico cirujano o su equivalente y contar con título y cédula profesional y 5 años de experiencia por lo menos el día de su designación;

III.- Ser menor de 65 años al momento de su designación; y

 

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